ORDENANZA Nº 1.077

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 06 DE MAYO DE 2002


VI S T O:

Lo establecido en los artículos 2º y 7º de la Ordenanza Nº 1.064/02. Y ; ; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que de acuerdo al artículo 7º) de la Ordenanza Nº 1.064, el Departamento Ejecutivo Municipal debía presentar dentro de los sesenta días corridos a partir del 01/01/2002 el Proyecto de Presupuesto Anual año 2002 y el Balance General del Ejercicio 2001.
Que además dicho artículo prorrogaba por noventa días corridos el Presupuesto del año 2001.
Que ambos plazos se encuentran vencidos.
Que el Presupuesto es la herramienta fundamental de planificación con que cuenta el Municipio y es un determinante de las políticas a ejecutar durante el ejercicio financiero, por lo que es imprescindible su aprobación en el menor tiempo posible.
Que la economía argentina está sufriendo cambios estructurales que hacen muy dificil establecer pautas presupuestarias futuras.
Que estas condiciones de la economía argentina hacen imprescindible establecer definiciones estratégicas con respecto al gasto y a los ingresos del Municipio.
Que asímismo el artículo 2º) de la Ordenanza antes mencionada facultó al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los reclamos pertinentes por la reducción de la Coparticipación, así como el establecimiento de las medidas necesarias para obtener una mayor recaudación tributaria.
Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:

 

ARTICULO 1º: PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2002 el plazo correspondiente a la presentación del Proyecto de Presupuesto Anual 2002 y el Balance General del Ejercicio 2001, previsto en el artículo 7º) de la Ordenanza Nº 1.064.

 

ARTICULO 2º: ESTABLECER hasta el día 30 de Abril de 2002 el plazo por el cual se prorroga el Presupuesto del año 2001 en las condiciones previstas en el artículo 7º) de la Ordenanza 1.064.

 

ARTICULO 3º: EL Departamento Ejecutivo Municipal presentará, conjuntamente con el Balance General del Ejercicio 2001, una estimación del monto de la Coparticipación Nacional y Provincial adeudada al Municipio hasta el 31de Marzo de 2002, con indicación de las fuentes que originan dicho cálculo, así como una actualización a dicha fecha de la deuda en concepto de haberes al personal Municipal detallando por categoría y el período a que corresponde.

 

ARTICULO 4º: EL Departamento Ejecutivo Municipal, conjuntamente con el Proyecto de Presupuesto Anual 2002, presentará un estado de ejecución presupuestaria correspondiente al período 1 de Enero de 2002 al 31 de Marzo de 2002.

 

ARTICULO 5º: EL Departamento Ejecutivo Municipal, dentro del plazo previsto en el artículo 1º, presentará un detalle del personal Municipal al que se le haya intimado a iniciar o reiniciar los trámites jubilatorios, según lo previsto en el artículo 4º, de la Ordenanza 1.064.

 

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de Abril de dos mil dos.

                        Srta. Mirta Beatriz González                             Dra. Maria Eugenia Ballará
                                 ProSecretaria                                                          Presidente

 

 

 

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