ORDENANZA Nº 1.114

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2002

V I S T O:

 El expediente Nº 926/02 que contiene el proyecto de Ordenanza sobre Ampliación, Habilitación y Reducción de partidas presupuestarias del año 2001. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la ampliación, reducción y habilitación de ingresos que implican una reducción neta de ingresos por la suma total de $ 888.766,00 (pesos ochocientos ochenta y ocho mil setecientos sesenta y seis);
Que también se pide la aprobación de la ampliación, reducción y habilitación de egresos que significa un incremento neto de egresos no presupuestados por la suma de $ 576.88,91 (pesos quienientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y tres con 91/100);
Que el efecto neto de la reducción de ingresos y el incremento de los egresos originan un déficit total del ejercicio financiero 2001 por la suma total de $ 1.465.649,91 (pesos un mil cuatrocientos sesenta y cinco mil seicientos cuarenta y nueve con 91/100);
Que el importe de éste deficit significa un desvío de un 16 % sobre el total presupuestado.
Que según lo dispuesto por el artículo 143º de la Carta Orgánica Municipal, el crédito presupuestario asignado a cada concepto sólo puede ser aplicado para atender las erogaciones previstas, estando el Departamento Ejecutivo Municipal autorizado a realizar gastos que excedan el monto autorizado o por conceptos no previstos solamente en el caso de cumplimiento de sentencias judiciales firmes o de emergencias imprevisibles (artículo 145º de la Carta Orgánica Municipal) circunstancias éstas que no se han dado en el ejercicio en cuestión, imponiendo, inclusive en estos casos, un plazo de quince días posteriores a la realización del gasto dentro de los cuales el Departamento Ejecutivo Municipal debe promover la pertinente modificación presupuestaria;
Que el artículo 146º establece la obligatoriedad de que el Departamento Ejecutivo Municipal solicite al Honorable Concejo Deliberante, para que, por medio de una Ordenanza, amplie, habilite o transfiera los créditos que resulten insuficientes;
Que el hecho de haber estado intervenido el Municipio no exime a los administradores de esta responsabilidad;
Que el déficit presupuestario originado y que ha implicado un significativo incremento del endeudamiento del Municipio puede tener serias implicancias para el normal funcionamiento del mismo generando perjuicios económicos al estado municipal;
Que la falta de Ordenanzas de Contabilidad y la creación de la Contraloría Municipal, previstas en la Carta Orgánica, imponen la aplicación supletoria de la legislación provincial en la materia;
Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: APROBAR la Ampliación de Ingresos por un monto total de pesos: doscientos dieciseis mil doce con 31/100 (216.012,31) Según detalle de planilla adjunta que forma parte de la presente.-

 
ARTICULO 2º: APROBAR la Reducción de Ingresos por un monto total de pesos: un millón ochocientos sesenta mil quinientos sesenta y seis con 38/100 (1.860.566,38) Según detalle de planilla adjunta que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 3º: APROBAR la Habilitación de Ingresos por un monto total de Setecientos cincuenta y cinco mil setecientos ochenta y ocho con 07/100 ($ 755.788,07) Según detalle adjunto que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 4º: RECHAZAR la Ampliación de Egresos del Departamento Ejecutivo Municipal por un monto total de pesos: Dos millones doscientos nueve mil trescientos cuarenta con 86/100 ($ 2.209.340,86) Según detalle de planilla adjunta que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 5º: APROBAR la Reducción de Egresos por un monto total de pesos: un millón seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos tres con 20/100 ($ 1.669.603,20) Según detalle de planilla adjunta que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 6º: APROBAR la Habilitación de Egresos del Honorable Concejo Deliberante, por un monto total de treinta y cuatro mil cuatrocientos siete con 65/100 ($ 34.407,65) Según detalle adjunto que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 7º: RECHAZAR la Habilitación de Egresos del Departamento Ejecutivo Municipal, por un monto total de dos mil setecientos treinta y ocho con 60/100 ($ 2.738,60) Según detalle adjunto que forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 8º: REQUERIR a la Asesoría Letrada del Municipio que instruya si correspondiere el Juicio de Responsabilidad previsto en el artículo 72º de la Ley Nº 3.175 de contabilidad de la provincia al Comisionado Interventor, Secretario de Gobierno, Secretario de Hacienda y Economía y a los demás funcionarios que correspondan a fin de determinar administrativamente la responsabilidad de los actos de disposición de créditos presupuestarios no autorizados ni habilitados.-

 

ARTICULO 9º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitres días del mes de Octubre de dos mil dos.-

 

                    Dr. Gerardo Luis Urquijo                                      Dra. Maria Eugenia Ballará
                            Secretario                                                                  Presidente

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