PROMULGADA POR EL D.E.M DE LA FECHA 27 DE AGOSTO DE 2003
V I S T O:
El expediente N° 1.103/03 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Resolución sobre Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal la rescisión contractual con la Empresa “R.G.M. Construcciones” y pago de $ 2.200, y el estado financiero de dicha empresa, propiedad del señor Julio Talavera y la situación de la Municipalidad de Goya, referente a la construcción de viviendas pertenecientes al emprendimiento constructivo denominado “Habitar I” Titularización de Hipotecas para Pequeños Municipios financiado por el Banco Hipotecario S.A. Y;
C O N S I D E R A N D O:
Que existe la imposibilidad de continuar la obra por parte de dicha empresa, debido a los problemas ocasionados por el colapso financiero ocurrido en nuestro país a partir del mes de diciembre del año 2.001.
Que la empresa hace saber en forma personal y en reuniones realizadas con el Departamento Ejecutivo Municipal que se le adeuda la suma de $ 2.200 (pesos dos mil doscientos) en concepto de mayores costos aportados por tal operación.
Que la impostergable necesidad de contar con la autorización del Honorable Concejo Deliberante a fin de llegar a una rescisión concertada y poder destrabar dicho problema, hace necesario el dictado de la presente Ordenanza que autorice dicho acuerdo y faculte al Departamento Ejecutivo Municipal a la erogación de la suma reclamada.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la rescisión de común acuerdo con la firma “R.G.M. Construcciones” de propiedad del señor Julio Talavera, respecto al Convenio de construcción de viviendas – emprendimiento constructivo “Habitar I”, según Convenio que como Anexo I se adjunta.-
ARTICULO 2°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar a la Empresa “R.G.M. Construcciones”, al momento de la rescisión, la suma de $ 2.200 (pesos dos mil doscientos), en concepto de mayores gastos reclamados.-
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veinte días del mes de Agosto de dos mil tres.-
Dr. GERARDO LUIS URQUIJO Dr. HUGO ADRIAN VILAS
Secretario Presidente