ORDENANZA N° 1.289

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 2003


V I S T O:

La Resolución N° RZ 225/95 del SENASA, la Carta Orgánica Municipal. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que es responsabilidad de la Municipalidad velar por la Salud Pública de la Comunidad.

Que la Resolución N° RZ 225/95 del SENASA es taxativa en lo referente a donde y como se deben criar cerdos.

Que si bien existe un número importante de familias que viven de la producción de cerdos y que muchas de esas producciones no se ajustan a dicha disposición poniendo en serio riesgo la Salud Pública es obligación velar por el bienestar general.

Que la crianza responsable como la posterior faena en lugares habilitados redundará en beneficio no solo a los criadores sino también a toda la población potencialmente consumidora.

 Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º: IMPLEMENTAR a partir de la promulgación de la presente lo establecido por Resolución N° RZ 225/95 del SENASA, comunicando a toda la población y a los interesados de manera fehaciente.

 

ARTICULO 2º: POR Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal se establecerán los tiempos de gracia a los productores para que se adecuen a lo establecido en la Resolución N° RZ 225/95 del SENASA.-

 

ARTICULO 3º:COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los treinta días del mes Noviembre de dos mil cinco.-

 

                             Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                     JOSE LISANDRO VASSEL  
                                          Secretario                                                         Presidente

 

  

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