ORDENANZA N° 1.339

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 06 DE NOVIEMBRE DE 2006


V I S T O:

El expediente N° 1.375/06 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “LOTEOS EN COLONIA CAROLINA PROPIEDAD DE RODOLFO AMBROSETTI Y OTRA”, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal por nota N° 885 de fecha 21/09/06. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 El expediente N° 3.839/06 de fecha 24 de mayo de 2006 remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal y el artículo 14° de la Ordenanza N° 1.130, en donde se expresa taxativamente que todo parcelamiento en el área rural del departamento de Goya debe ser aprobado por Ordenanza.
Que el loteo que se adjunta debe cumplir con el requisito antes mencionado por encontrarse ubicado dentro de la Colonia Carolina.
Que el loteo está enmarcado en el trazado de la Colonia Carolina.
Que contempla superficies de lotes apropiadas para una urbanización de este tipo, los cuales tienen una superficie mínima de 1.000 m2 con un frente mínimo de 22,50 m cada lote y con calles cuyas dimensiones se consideran razonables para posibilitar todo tipo de circulación y accesibilidad a todo el predio.
Que la superficie de los lotes permite hacer un uso del suelo adecuado toda vez que se puede lograr un factor de ocupación del suelo (F.O.S.) y factor de ocupación total (F.O.T.), que además, permite un desarrollo urbanístico con posibilidad de aplicar a toda la zona una densidad demográfica equilibrada, acorde con lo que se requiere para dicha zona
Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º:APROBAR según Ordenanza N° 1.338 el loteo realizado en la zona de Colonia Carolina a metros de la Ruta Nacional N° 12, y enmarcada (s/plano) por tres (3) calles públicas de tierra, con Adrema original 514-1071 y que consta de 41 lotes cuyas medidas de terrenos y calles se especifican en plano adjunto que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 2°:COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veintidos días del mes noviembre de dos mil seis.-

 

                       Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                          MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                    Secretario                                                                  Presidente 

 

 

 

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