PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 04 DE DICIEMBRE DE 2006
V I S T O:
El expediente N° 1.379/06 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “ASIGNANDO FUNCIONES ESTABLECIDAS PARA LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS EN EL CODIGO DE EDIFICACION A LA SECRETARIA DE PLANEAMIENTO”, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y; ; ;
C O N S I D E R A N D O:
Las Ordenanzas números 656 y 1.130 y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal.
Que por Ordenanza N° 656 de 1994 se sancionó el Código de Edificación de la ciudad de Goya.
Que en dicha norma se han asignado a la Secretaría de Obras Públicas varias funciones que se encuentran vinculadas a la planificación urbana de la ciudad, como por ejemplo, lo establecido en el punto 2.1.01 relativo al uso del suelo, el que de hecho se halla ya derogado con la sanción de la Ordenanza N° 1.130 al asignarse la misma a la Secretaría de Planeamiento.
Que la tendencia legislativa tiende a discernir entre las tareas de planificación urbana y control de obras privadas de las que son de propia actividad de la obra pública realizada por el Estado.
Que la sanción de la Ordenanza N° 1.130 ha acompañado la tendencia señalada, otorgando la autoridad de aplicación a la Secretaría de Planeamiento.
Que la especificidad de la planificación urbana tiene su correlato en un área específica, la Secretaría de Planeamiento, y toda obra privada tiene su impacto en la organización urbana del municipio, por lo que resulta razonable que el área que planifica su desarrollo sea la que deba intervenir en el control, autorización y demás cuestiones que hacen a una obra.
Que incluso, las obras públicas que ejecuta la Secretaría de Obras y Servicios Públicos tiene una previa etapa de planificación en la Secretaría de Planeamiento.
Que por ello corresponde reasignar las funciones otorgadas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en el Código de Edificación mencionado, a la Secretaría de Planeamiento.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º:ASIGNAR todas las funciones establecidas para la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en el Código de Edificación Urbana a la Secretaría de Planeamiento.-
ARTICULO 2°: ESTABLECER que en adelante, la Mesa de Entradas señalada en el punto 2.1.17 del Código de Edificación será la de la Secretaría de Planeamiento.-
ARTICULO 3°:COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes noviembre de dos mil seis.-
Dr. GERARDO LUIS URQUIJO MARIA ISABEL N.DE CASSANI
Secretario Presidente