PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 16 DE MAYO DE 1984
Visto:
La necesidad de dictar un Código de Edificación, que provea la exigencia de contar con un cuerpo de normas coherentes, en reemplazo de las disposiciones dispersas sancionadas en el curso de muchos años; y,
Considerando:
Que un cuerpo de normas como el que aspira a formular, merece un estudio exhaustivo sobre todos los problemas edilicios de la ciudad, para lo cual debe requerirse el concurso de las personas y/u organismos que tienen directa vinculación con los mismos.
Por todo ello,
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Crear la Comisión de Redacción del Código de Edificación para que en plazo de 180 días a contar de la promulgación de esta Ordenanza, presente el respectivo proyecto.
Art. 2 - La Comisión quedará integrada de la siguiente manera:
Un representante del Intendente Municipal, que actuará como Presidente de la Comisión.
Un Delegado de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Un Delegado del Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de Corrientes.
Un Delegado de la Asociación de Arquitectos de Goya.
Un Delegado de la Asesoría Letrada de la Municipalidad.
Un Delegado de la Administración de Obras Sanitarias de la Provincia de Corrientes.
Un Delegado de la Dirección Provincial de la Energía de Corrientes.
Un Delegado de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R. H. C. D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 15 días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro.