PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 17 DE JULIO DE 1991
Visto:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,
Considerando:
Que la "Fundación para las Golondrinas" creada en el año 1.989, no tiene Personería Jurídica, pero es una entidad reconocida en la comunidad que nace de la inquietud de un grupo de vecinos de Goya, para valorizar el evento migratorio que nos hermana con la ciudad de San Juan de Capistrano (E.E.U.U.).
Que dicha Fundación ha presentado al Departamento Ejecutivo Municipal y es de conocimiento del Honorable Concejo Deliberante y de la opinión pública de Goya, una maqueta demostrativa que sirve de modelo de una estructura alegórica a la hermandad que el vuelo anual migratorio de las golondrinas ha vinculado a ambas ciudades, contando con los croquis correspondientes con las medidas respectivas en planta y altura, con el asesoramiento técnico de profesionales idóneos en la materia.
Que dicha Fundación ofrece a la Ciudad de Goya, realizar por cuenta propia y de su propio peculio dicha estructura alegórica, que estará enclavada en la Plaza "San Martín" de nuestra ciudad, en el ala Oeste, en el antiguo lugar de las retretas.
Que la Municipalidad de Goya, no puede estar ausente a iniciativas de esta naturaleza, colaborando con la concreción de esta estructura, aportando mano de obra necesaria en lo que hace a la obra del sistema tradicional.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Autorizar a la "Fundación para las Golondrinas" a realizar por cuenta propia y de su peculio, una "estructura alegórica" a la hermandad, San Juan Capistrano (E.E.U.U.) - Goya (Argentina); que será construida en la Plaza "San Martín", en el ala Oeste, de acuerdo al croquis y maqueta presentada.
Art. 2 - La ejecución de las obras será supervisada por personal técnico de las Secretarías de Planeamiento y Obras y Servicios Públicos, las que además colaborarán con la mano de obra de ser solicitada por la Fundación.
Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 16 días del mes de julio de mil novecientos noventa y uno.