ORDENANZA Nº 534

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 1992
Visto:

El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

Que en la Ciudad de Goya están pendientes de construcción 560 viviendas cuya licitación y adjudicación fueron realizadas oportunamente por el Instituto de Vivienda de Corrientes y cuya futura localización se efectuará en áreas del ejido urbano, que a juicio de las autoridades comunales, no reuniría la condiciones óptimas, desde el punto de vista de integración al ejido.

Que contando el Instituto de Vivienda con una fracción de terreno ubicado en el sector Sur de la Ciudad de Goya, en donde se encuentran programadas la construcción de 1.840 viviendas, que fueran donados en su oportunidad para tal efecto al Instituto Provincial de la Vivienda y conocido con el nombre de "Ex Sociedad Rural" o "Ex Campo la Juanita".

Que las viviendas próximas a construirse fueron adjudicadas a las siguientes Empresas en la fecha que se consigna y con los números de expedientes, que a continuación se enumeran:

60 Viviendas - Grupo I - Empresa Cristia S.A. - Expediente Nº 525/92

50 Viviendas - Grupo II - Empresa Contal S.A. - Expediente Nº 512/92

50 Viviendas - Grupo III - Empresa Contal S.A. - Expediente Nº 518/92

50 Viviendas - Grupo IV - Empresa Contal S.A. - Expediente Nº 522/92

50 Viviendas - Grupo V -

100 Viviendas - Grupo VI - Empresa Arquitecto Morales - Expediente Nº 026/92

100 Viviendas - Grupo VII - Empresa Sade S.A. - Expediente Nº 516/92

100 Viviendas - Grupo VIII - Empresa Intemec S.A. - Expediente Nº 513/92

180 Viviendas - Grupo A - B - C - D y E - Empresa Intemec S.A. - Expediente Nº 633/92

Que todas estas viviendas están ubicadas en terrenos adquiridos por las Empresas, en oportunidad de presentarse el acto licitatorio en el Instituto Provincial de la Vivienda, en la zona de la Ciudad de Goya denominada Paraje "La Soledad" en el extremo Noroeste de la traza urbana, próximo al antiguo camino al Cementerio.

Que la relocalización de estas viviendas conllevaría a un mejor aprovechamiento de la infraestructura existente y futura instalación en el área de la Ex Sociedad Rural. Al mismo tiempo que interrogará una trama urbana mejor consolidada, al estar ubicadas en un sector de la ciudad, cuya afectación específica es la de albergar una gran cantidad de viviendas unifamiliares.

Que la mencionada relocalización traería aparejado un ahorro considerable en todo lo referente a infraestructura de servicios, accesos, instalación, provisión de agua potable, etc.

Que el ahorro que podría producirse al ubicar estas viviendas en el lugar anteriormente mencionado, evitaría no solo tener que rellenar los terrenos hasta lograr la cota fundacional de 36,90 I.G.M., según estipula la Ordenanza pertinente, que podrían ser compensados en la futura relocalización y posibilitar a las empresas incorporar dentro de su presupuesto de obra, previa aceptación por parte del In.Vi.Co., mejoras en la construcción de las viviendas o bien infraestructura para las mismas.

Que el Paraje "La Soledad" estaría ubicada en una zona que podría verse afectada por futuras crecidas del Río Paraná, en el caso de que las defensas en la Ciudad de Goya, se emplacen en un lugar que no protejan los terrenos en cuestión.

Que en definitiva se considera de todo punto de vista que la resolución óptima de este problema sería, poder fundar dichos núcleos habitacionales en lugares insertos en la trama urbana existente que acompañen un crecimiento ordenando de la Ciudad de Goya.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar al Instituto Provincial de la Vivienda la relocalización en los terrenos del Instituto, ubicados en la Ex Sociedad Rural o Ex Campo "La Juanita", de todos los planes de viviendas que a continuación se detallan y que fueran adjudicadas en su oportunidad:

60 Viviendas - Grupo I - Empresa Cristia S.A.

50 Viviendas - Grupo II - Empresa Contal S.A.

50 Viviendas - Grupo III - Empresa Contal S.A.

50 Viviendas - Grupo IV - Empresa Contal S.A.

50 Viviendas - Grupo V -

100 Viviendas - Grupo VI - Empresa Arquitecto Morales

100 Viviendas - Grupo VII - Empresa Sade S.A.

100 Viviendas - Grupo VIII - Empresa Intemec S.A.

180 Viviendas - Grupo A - B - C - D y E - Empresa Intemec S.A.

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 26 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.

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