PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 08 DE MARZO DE 1993
Visto:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,
Considerando:
El Expediente Nº 520 Letra "S", el que se relaciona con el que lleva el Nº 52/63, que motivó el dictado de la Ordenanza Nº 805/65 y la Resolución Nº 511 del mismo año, así como las observaciones expresadas en el trámite que obstan a la que la donación efectuada se perfeccione mediante escritura traslativa del dominio, y habida cuenta que la entidad recurrente, el Sindicato de Luz y Fuerza de Corrientes - Delegación Goya - dio cumplimiento a lo requerido mediante la confección del pertinente plano de Mensura Nº 4.307 "N" lo que hace viable además de necesario la regularización definitiva de la situación existente, todo de conformidad la Ordenanza y Resoluciones citadas.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Ratifícase la donación efectuada al Sindicato de Luz y Fuerza de Corrientes - Delegación Goya -, mediante Ordenanza Nº 805/65, precisándose que la fracción de inmueble dado en donación, está constituida por el Lote II del Plano de Mensura y División practicada por el Agrimensor Don Angel Monje, que lleva el Nº 4.307 "N", a cuyos límites, medidas y linderos se ajustará la escritura traslativa de dominio.
Art. 2 - En lo demás estése a la Ordenanza Nº 805/65.
Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 3 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres.