ORDENANZA Nº 550

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 08 DE MARZO DE 1993
Visto:

Que el Expediente Nº 518 Letra "G" se presenta Don Juan Nemecio García, solicitando la regularización de la situación de dominio respecto del Lote Nº 35 de la manzana Nº 96 de los ejidos de este Municipio; y,


Considerando:

Que el citado García conforme a las pautas de la Ordenanza Nº 57/84 y Resoluciones Nº 36, 845 y 1167, todas del año 1.985, pretendió acogerse al beneficio por ella instituido, haciéndolo en forma extemporánea, no obstante lo cual continuó en el cumplimiento de la obligaciones contractuales asumidas mediante boleto privado, abonando el precio total del Lote en fecha 06/07/87, recibiéndolo de conformidad y sin observaciones la autoridad municipal, sin que hasta la fecha se hayan procedido a elevar a la categoría de escritura pública dicho acto.

Que las circunstancias apuntadas precedentemente y el hecho cierto de que el peticionante se encuentra en la posesión de la fracción del inmueble, habitándolo con su familia, autoriza para que en forma excepcional este Concejo, siguiendo las pautas establecidas por las ordenanzas citadas y las Resoluciones que son su consecuencia, en uso de las facultades que lo son propias, disponga la pertinente escrituración, de manera tal de preservar tanto el interés público, cuando al derecho del particular, en este caso, persona de modesto recurso que habita en el inmueble con su familia.

Por todo ello.


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Ratificar la venta de la fracción de inmueble, Lote Nº 35 de a Manzana Nº 96 a favor de Juan Demecio García, M.I. Nº 7.667.377 de conformidad a los artículos 15 y 31 del Decreto Nº 4.616 Reglamentario del artículo 51 de la Ley Nº 2.498 y en cumplimiento de las Resoluciones Municipales Nº 1.308/81 y 2.809/81.

Art. 2 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la pertinente escritura del dominio a favor del adquirente del Lote Nº 35 de la Manzana Nº 96 todo según Plano de Mensura y División aprobado por la Dirección de Catastro, bajo Duplicado Nº 2.806 "N", cuyas medidas linderos y demás se ajustarán al respectivo Boleto de Compraventa suscripto en fecha 05/12/83.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 3 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres.

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