ORDENANZA Nº 784

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE MARZO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 480/96 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización situación de terrenos municipales (adjudicación en venta al Sr. Gerardo Antonio Martínez); y,


Considerando:

El Expediente Nº 359/M/96 por el cual el Señor Gerardo Antonio Martínez, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (Lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal:


                                       LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Gerardo Antonio Martínez D. N. I. Nº 16.359.643, soltero, domiciliado en Luís Sáenz Peña Casa Nº 63 - Barrio Sarmiento de esta Ciudad; el Lote Nº 118 de la Manzana "L" (hoy Nº 952), constante de 9,90 mts. de frente e igual contrafrente por 2,00 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte con calle Luís Sáenz Peña, al Sur con el Lote Nº 111, al Este con el Lote Nº 119 y al Oeste con el Lote Nº 117 con una superficie total de 198,00 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 2.947-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble - Corrientes, en el Libro Diario Nº 10.177 Matrícula 8.975, Departamento de Goya, en fecha 03/10/84. En la Dirección General de Catastro - Corrientes, bajo Adrema I1-18040-1; y en Catastro Municipal Tº 49, Fº 20.734 Año 1.985.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente Escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.

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