ORDENANZA Nº 905

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 04 DE MARZO DE 1998


Visto:
El Expediente Nº 627/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización de Terrenos Municipales (adjudicando en venta al Sr. Ramón Epifanio Segovia); y,


Considerando:

El Expediente "S/448/97" por el cual el Señor Ramón Epifanio Segovia solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Ramón Epifanio Segovia D. N. I. Nº 17.903.884, casado, domiciliado en cortada Oreste Frattini Nº 2083, de esta Ciudad; el Lote Nº 12 de la Manzana Nº 508, constante de 8,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,18 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: Lote Nº 11, al Sur: Lotes 17, 18, 19 y parte del Lote Nº 20, al Este: Lote Nº 16 y al Oeste: cortada Oreste Frattini, con una superficie total de 224,0310 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.012-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes, en el Tº 29 Fº 746 año 1.912. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-18289-1 (en mayor extensión); y en Catastro Municipal Tº 61, Fº 25.726 Año 1.997.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 4 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

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