ORDENANZA Nº 1.764

PROMULGADA POR EL D.E.M. RESOLUCION 19/09/2014   


V I S T O:
La Resolución N° 2.551/14 del Honorable Concejo Deliberante, la Resolución N° 949/14 del Departamento Ejecutivo Municipal, los nuevos datos que se cuentan referido.Y; ;


C O N S I D E R A N D O:


Que por Resolución 2.551/14 del Honorable Concejo Deliberante se declaró al municipio en ALERTA HIDRICA, por el término de 60 días, facultando además al Departamento Ejecutivo Municipal a declarar la Emergencia Hídrica si fuere necesario.

Que posteriormente el Departamento Ejecutivo Municipal por Resolución N° 949 del 13 de junio de 2.014 declaró la Emergencia Hídrica por el termino de 60 días, encontrándose por lo tanto ya vencida.

Que de acuerdo a los resultados de los Centros Mundiales de Pronóstico Climático se esperan condiciones o inicios del fenómeno climático conocido como “El Niño”, en nuestra primavera y verano (trimestre septiembre, octubre y noviembre del 2014.

Que en el norte del litoral, centro-este de Paraguay y extremo sur de Brasil se esperan precipitaciones por encima de lo normal.

Que la situación de niveles en todo el curso del río Paraná en territorio argentino se ubica actualmente muy por encima de los valores habituales para la época. Por los pronósticos estacionales de precipitación por encima de lo normal, se mantendrá una particular atención por la posibilidad de pulsos de crecida desde la cuenca brasilera no regulada, la cuenca del Iguazú y el tramo paraguayo-misionero principalmente.

Que la ocurrencia de lluvias de características extraordinarias, en nuestra ciudad y el campo de intensidades muy elevadas, aumentan el riesgo de inundaciones en zonas o barrios vulnerables.

Que se han realizado trabajos de mantenimiento, limpieza, rectificación y canales nuevos en una extensión de más de 40 km. a los efectos de optimizar el escurrimiento de las aguas de lluvia en la zona urbana y sub rural, siendo fundamental continuar con las mismas a los efectos de evitar y prevenir posibles inundaciones que afectan sobre todo a las personas de bajos recursos que residen en lugares vulnerables.

Que también se vienen realizando continuamente trabajos de mantenimiento, limpieza, rectificación de cunetas y bocas de tormenta y las correspondientes a la reparación, desobstrucción de cruces de calles y accesos domiciliarios con el propósito de mejorar el tránsito de las aguas de lluvia hacia las estaciones de bombeo.

Que atento a los pronósticos y con el propósito de determinar acciones tendientes a minimizar los efectos negativos de lluvias intensas se necesita profundizar la intervención y ejecutar trabajos de limpieza y rectificación de canales principales en la zona o cuenca hídrica aledaña a la Ciudad de Goya y canales urbanos.

Que por todo lo expuesto se hace necesaria e inmediata la declaración de EMERGENCIA HIDRICA en todo el territorio municipal.

Por todo ello.


LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO


O R D E N A:


ARTICULO 1º: DECLARAR a partir del 01 de septiembre de 2.014 la EMERGENCIA HIDRICA en todo el Municipio de Goya, por el terminó de 60 (sesenta días) días.

 


///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.764


ARTICULO 2°: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal, si fuere necesario, la prórroga de la declaración por 30 días más, previo dictado de la respectiva Resolución.

ARTICULO 3°: AFECTAR, de ser necesario, el punto extra de coparticipación otorgado al Municipio por Decreto N° 2034/14 del Poder Ejecutivo Provincial, exclusivamente para obras de infraestructuras, previo dictado de la respectiva Resolución.

ARTICULO 4°: ENVIAR copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial.

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecisiete días del mes de Septiembre de dos mil catorce.-


Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
        


Raúl Alejandro Medina
Vice Presidente 2º
a/c presidencia

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