PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 26/12/2013
V I S T O:
La Ordenanza Nº 1.531, promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal el día 11 del mes de Enero del año 2.011. Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
Que de la aplicación práctica del artículo 1º de la citada norma legal resulta inexacta la fijación de los horarios allí determinados, que prohíbe el estacionamiento de todo tipo de rodados los días viernes, sábados y vísperas de feriados, desde las 2 horas hasta las 8 horas en razón de que el día comienza a las 0 hora y concluye a las 24 horas.
Que el objetivo de la Ordenanza Nº 1.531 es garantizar a los vecinos la seguridad y el merecido descanso y por tanto los horarios sobre los que debe realizarse la restricción deber ser perfectamente definidos en beneficio de los habitantes del lugar y de la claridad de la norma para quien debe aplicarla.
Por todo ello, lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal de Goya, artículo 78, inciso 13, siguientes y concordantes.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: MODIFICASE el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.531/2011, que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1º: “PROHIBESE el estacionamiento para todo tipo de rodados: en calle 12 de Octubre, entre España y Juan Esteban Martínez, y por calle España desde Pasaje Wenceslao Fernández hasta calle 12 de Octubre; los días Sábados, Domingos, lunes y Feriados desde las 2 y hasta las 8 horas.-
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciocho días del mes de Diciembre de dos mil trece.-
Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
Dr. Darío Abelardo Zapata
Presidente