PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 de Octubre de 2.020
“2020 – AÑO BELGRANIANO”
V I S T O:
El Expediente Nº 3.047/20 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “MODIFICACION ARTICULO 1º DE LA ORDENANZA Nº 805/97 SOBRE SITEMA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO”. Y ; ;
C O N S I D E R A N D O:
El Expediente Nº 31-08-4462/20, la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 616/94.
Que se presentan vecinos y comerciantes de la calle Juan E. Martínez entre José Gómez y Mitre solicitando se extienda el estacionamiento medido hasta calle Mitre.
Que fundan su pedido dado la actual demarcación el cual está limitado en el sentido oeste – este por calle José Gómez.
Que esta situación hace que el estacionamiento de la cuadra en cuestión este completamente ocupado en el horario comercial básicamente por vehículos que pertenecen a moradores de los edificios circundantes, como así también personas que tienen sus comercios y/o trabajan dentro del área, no permitiendo el flujo renovado de vehículos.
Que la Ordenanza 805/97 modifica los límites del microcentro creado por Ordenanza 616, motivo por el cual la calle en cuestión no se encuentra comprendida.
Que desde el Poder Ejecutivo Municipal viene instrumentando una política en materia de tránsito a través de un conjunto de acciones orientadas al ordenamiento y modificación de las conductas de las personas que conducen vehículos, con resultados tangibles en materia de seguridad en el tránsito.
Que la ciudad de Goya ha crecido y también su parque automotor; a este importante parque automotor local se le debe sumar los vehículos de la ciudad vecinas, y los que concurren diariamente desde el interior provincial a realizar trámites en la administración y aquellos que transitoriamente nos visitan en ocasión del turismo.
Que es para destacar también que son cada vez mayores las actividades que se desarrollan en el centro comercial de nuestra ciudad, como es mayor el número de empleados públicos de los distintos poderes del Estado, quienes mayoritariamente estacionan sus vehículos en sus lugares de trabajo siendo éste, uno de los factores que inciden fuertemente en la ocupación de espacios para estacionar.
Que no existen dudas sobre la necesidad de ampliar el radio de cobro del estacionamiento medido y pago en nuestra ciudad, el que centralmente debe estar orientado a poner orden y mayor seguridad en la zona céntrica y de ninguna manera ser previsto como forma de mejorar los recursos municipales.
Que la buena instrumentación de este servicio, la ciudad de Goya se beneficiaría con la resolución del problema de estacionamiento en el sector céntrico.
Que en virtud de ello, se podrá hacer lugar al pedido requerido por los peticionantes, ampliando el radio de cobro de estacionamiento medido.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1°: MODIFÍCASE el artículo 1º de la Ordenanza Nº 805/97, que queda redactado de la siguiente manera “Fíjase a partir de la promulgación de la presente Ordenanza el Sistema de Estacionamiento Medido, a los vehículos automotores en el siguiente radio de la ciudad:
SENTIDO ESTE – OESTE
Calle San Martin desde Belgrano hasta José Gómez
Calle Ejército Argentino desde Belgrano hasta José Gómez
Calle Juan E. Martínez desde Belgrano hasta Mitre
Calle mariano I Loza desde Belgrano hasta Mitre
Calle España desde Belgrano hasta Mitre
Calle 25 de Mayo desde Belgrano hasta José Gómez
SENTIDO NORTE – SUR
Calle Belgrano desde 25 de Mayo hasta San Martin
Calle Colon desde 25 de Mayo hasta San Martin
Calle José Gómez desde 25 de mayo hasta San Martin
ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal que por Resolución pueda extender el radio de cobro en los lugares que considere conveniente, hasta 2 (dos) cuadras por año calendario.
ARTÍCULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los catorce días del mes de Octubre de dos mil veinte.
n.r.