ORDENANZA Nº 2.163

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 2021

 

V I S T O

El expediente Nº 3.184/21 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “AUTORIZACIÓN AL D.E.M. PARA APERTURA DE CUENTA EN BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA PARA COMPRA DE MAQUINARIAS”, elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 124 de fecha 23/11/21. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

La necesidad de que el Departamento Ejecutivo Municipal pueda obtener el financiamiento para adquirir los bienes necesarios para mejorar los servicios públicos.

Que el Municipio se encuentra en la necesidad de adquirir las siguientes maquinarias: tractor con acoplado atmosférico; camión con caja volcadora; tractor con pala cargadora; motoniveladora; grúa o elevador liviano, y/u otras maquinarias.

Que dichos bienes son necesarios para el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios públicos de una ciudad que crece.

Que el estado de la situación económica-financiera del Municipio, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente, la solicitud de una operación de crédito para adquirir las maquinarias mencionadas.

Que resulta conveniente a los intereses municipales la toma del crédito mediante la modalidad de préstamos del Banco de la Nación Argentina.

Que, dentro de los requisitos a los fines del otorgamiento de la financiación pertinente, se requiere copia certificada y legalizada de la Ordenanza aprobada por el Honorable Concejo de la Municipalidad de Goya por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer el mismo y a la constitución de las garantías pertinentes y su correspondiente promulgación por Resolución.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Señor Intendente Municipal Doctor Mariano Hormaechea, DNI. Nº 27.558.267 y/o al Secretario de Hacienda y Finanzas Contador Antonio Pablo Giuliani, DNI Nº14.261.520, para que conjunta o indistintamente tramiten ante el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, un préstamo para compra de maquinarias como ser: tractor con acoplado atmosférico; camión con caja volcadora; tractor con pala cargadora; motoniveladora; grúa o elevador liviano, y otras maquinarias por hasta la suma máxima de PESOS: cincuenta millones ($50.000.000,00), cediendo en garantía, para eventual aplicación al pago en caso de mora, los saldos acreedores futuros y eventuales de la Cuenta Corriente N° 131460/1, CBU: 0940005416001314600011, que se encuentra abierta en el Banco de Corrientes S.A. Sucursal Goya de la ciudad de Goya.        

ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE a concretar la operación consignada en el Artículo 1º en base a las condiciones que establezca el Banco Nación Argentina, en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.

 

ARTICULO 3º: FACÚLTESE al Señor Intendente Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el Artículo 1°, para garantizar el cumplimiento de la operación de crédito, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente MAS SEGUROS Y AFORO SI FUERA EL CASO. Incorporar la presente al presupuesto 2022 por la suma de PESOS: cincuenta millones ($50.000.000,00).

ARTÍCULO 4°: FACÚLTESE al Señor Intendente Municipal y Señor Secretario de Hacienda y Finanzas para la firma del contrato de préstamo y demás documentos relacionados con la operatoria.

ARTÍCULO 5: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los un día del mes de diciembre de dos mil veintiuno aprobada en su primer lectura de acuerdo al artículo 86 de la Carta Orgánica Municipal.

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los un veintidós del mes de diciembre de dos mil veintiuno aprobada en su segunda lectura de acuerdo al artículo 86 de la Carta Orgánica Municipal.

 

 

n.r.

 

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