ORDENANZA Nº 2.206

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 02 DE AGOSTO DE 2023

“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”

 

V  I  S  T  O: 

El expediente Nº 3.284/23 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “Modificar Ordenanza 2.158 del Honorable Concejo Deliberante”. Y;;;

 

C O N S I D E R A N D O: 

La Ordenanza Nº 2.158 promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 09 de noviembre de 2021.

Que los ecosistemas forestales tienen la capacidad de disminuir el efecto invernadero a través de dos procesos relacionados al ciclo del carbono, la fijación o captura de carbono y la reducción de emisiones debidas a la deforestación y degradación forestal.

Que los árboles producen oxígeno, purifican el aire, forman suelos fértiles, evitan erosión, mantienen ríos limpios, captan agua para los acuíferos, sirven como refugios para la fauna, reducen la temperatura del suelo, propician el establecimiento de otras especies, regeneran los nutrientes del suelo y mejoran el paisaje.

Que plantar un árbol es cultivar la esperanza de una vida mejor.

Que en la ciudad de Goya, se han quitado y sacrificado una gran cantidad de árboles por diversas razones, y en algunos casos sin sentido alguno, situación que continúa y tiende a agravarse.

Que urge la necesidad de restablecer nuestro vínculo con la naturaleza a través del acto práctico y simbólico de plantar un árbol, promoviendo la participación de toda la comunidad, especialmente de las comunidades educativas, sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de nuestro ambiente, salud y derecho a vivir en un entorno saludable contribuyendo, además, a mitigar los gases efecto de invernadero, fortaleciendo el reconocimiento de la importancia y belleza de las especies nativas. El programa también busca crear redes y fortalecer relaciones ambientales entre instituciones educativas, empresas, juntas vecinales y diferentes organizaciones públicas y privadas y el municipio, cuyo objetivo es una nueva sociedad ética y ambientalmente sostenible. 

Que dicha ordenanza cita expresamente el Art. 45 de la Carta Orgánica Municipal.

Que dando cumplimiento a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, este Cuerpo Legislativo debe brindar las herramientas necesarias al Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de las cuales podrá promover, haciendo participe a la ciudadanía toda, fundamentalmente a los niños y jóvenes, indicando así el camino del cuidado del ambiente y su futuro.

Por todo lo expuesto.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R  D  E  N  A:

 

ARTICULO 1°: MODIFICAR la Ordenanza N° 2.158 de fecha 03/11/2021; Incorporando como Artículo 3° de la misma, el siguiente texto: “FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal. a suscribir Convenios con instituciones educativas dependientes del Ministerio de Educación en el municipio de Goya; para la entrega en el Vivero Municipal de especies arbóreas para ser plantadas en las inmediaciones de los diferentes establecimientos, y cuya acción podrá extenderse y replicarse en diferentes barrios de la ciudad”.

ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente 

ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de junio de dos mil veintitrés.

 

 

n.r.

 

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)