PROMULGADA POR EL D.E.M. DE 27 DE JUNIO DE 2025
V I S T O:
El expediente N° 3.440/25 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene Proyecto de Ordenanza sobre “MODIFICACIÓN ARTÍCULO 6º DE LA ORDENANZA N° 2.262”, remitido por el departamento ejecutivo municipal por nota N° 44 de fecha 6 de junio 2025. Y;
C O N S I D E R A N D O:
La Ordenanza Nº 2.262 en el Articulo Nº 6 se fija el recargo establecido en los Artículos Nº 45 y Nº 46 parte general del Código Tributario.
Que al respecto existe la necesidad de modificar las tasas establecidas por la Ordenanza Tarifaria N° 2.262, promulgada por la Resolución Nº 1.935/2024 de fecha 27 de diciembre de 2024, y que hace necesaria la modificación propuesta por la realidad socioeconómica actual, que surge del análisis de la variación de cambios en las tasas de interés aplicables a las relaciones de orden crediticio.
Que atendiendo a la variación de los intereses que registra el mercado financiero, resulta imprescindible ajustar los importes que el Municipio percibe en concepto de intereses.
Que fundado en las razones señaladas precedentemente corresponde modificar las pautas asumidas en la Ordenanza Tarifaria N° 2.262, dictada por el Honorable Concejo Deliberante.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: MODIFICAR el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Tarifaria, que quedara redactado de la siguiente manera: FIJASE el recargo establecido en los Artículos Nº 45 y Nº 46 Parte General del Código Tributario en un 3,70% mensual o 0,1233 % diario acumulativo sobre la deuda actualizada y desde la fecha de vencimiento a la fecha de pago.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de junio de dos mil veinticinco.
n.r.