PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 19/06/2012
V I S T O:
El expediente Nº 1.902/12 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “CESION EN COMODATO TERRENO MUNICIPAL EN ISLA DEL CERRO AL BATALLON DE MONTE 12”.Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
El Proyecto de Ordenanza presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal con el expediente N° 16-03-3610/12, presentado por el Jefe de Batallón de Ingenieros de Monte 12 Tcnel. Sergio Daniel Skobalski, solicitando se otorgue un terreno en Islas el Cerro.
Que dicho pedido se fundamenta en la necesidad que tiene el Batallón de construir un refugio avanzado de monte, que facilite la educación operacional en el ambiente geográfico específico en su zona de acción y permita el desarrollo de ejercicios anfibios, contando con una base de apoyo adelantada en proximidades del río Paraná.
Que a fojas 2 del mencionado expediente se encuentra agregada la ubicación geográfica catastral del territorio requerido.
Que a fs. 2 vta el Director de Producción Primaria y Recursos Naturales informa que el lugar ya fue relevado por personal del Batallón y el Encargado de Reservas Naturales.
Que el Secretario de Producción, Empleo y Desarrollo Sustentable en carácter de responsable del Área de Reservas Naturales, aconseja acceder a lo solicitado por el Jefe de Batallón.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra en condiciones de proveer el terreno requerido, para construir un refugio avanzado de monte.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: CEDER EN COMODATO por el término de 30 (treinta) años al Batallón de Ingenieros de Monte 12, un terreno inscripto en mayor extensión a nombre de la Municipalidad de Goya en F° Real-Matrícula N° 16546- Año 2000, constante de 100,00 mts. de frente por igual contrafrente sobre la costa sur del riacho Goya, por 200,00 m de fondo por igual contrafondo, para construir un refugio avanzado de monte, que facilite la educación operacional en el ambiente geográfico específico en su zona de acción y permita el desarrollo de ejercicios anfibios, contando con una base de apoyo adelantada en proximidades del río Paraná.-
ARTICULO 2º: EL COMODATO aquí efectuado, es a los fines exclusivamente de la construcción de un refugio avanzado de monte del Batallón de Ingenieros de Monte 12 – Ejército Argentino; el que quedará sin efecto de pleno derecho en el caso de no ser construido en el plazo de dos (2) años.-
ARTICULO 3º: DEJASE expresamente establecido que el terreno otorgado en comodato en la presente, es exclusivamente para la educación operacional en el ambiente geográfico específico en su zona de acción y permita el desarrollo de ejercicios anfibios, contando con una base de apoyo adelantada en proximidades del río Paraná.-
ARTICULO 4º LA INOBSERVANCIA de lo establecido en la presente Ordenanza, significará que quede sin efecto el contrato de Comodato aquí establecido.-
///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.620
ARTICULO 5º: EL COMODATARIO es el responsable civil y penal de todos los daños o perjuicios a terceros.-
ARTICULO 6º: EL COMODATO otorgado en la presente, una vez cumplido el plazo; podrá ser prorrogado mediante Ordenanza.-
ARTICULO 7º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Junio de dos mil doce.
Dr. Gerardo Luis Urquijo
Secretario
Prof. Gerardo Horacio Bassi
presidente