PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 19/06/2012
V I S T O:
La inquietud planteada por la vecina Patricia Pezzelato, quien en Nota dirigida al Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Goya en fecha 2 de marzo de 2.012 expresa la preocupación de los vecinos del Barrio Costanera, y las diversas gestiones realizadas sin éxito ante autoridades municipales , tendientes a que se combata la sobrepoblación de palomas que a más de los perjuicios edilicios son capaces de transmitir enfermedades a los seres humanos, agregando copia de las notas y de la campaña de firmas que se adjunto a las mismas; la reunión convocada por la Comisión de Producción, Medio Ambiente y Recursos Naturales de este Honorable Concejo donde fue convocado y participó el Dr Dario Antonio Zalabardo del Departamento de Bromatología e Higiene de la Municipalidad de Goya, y el Coordinador de Consejos Vecinales Señor Damian Mendoza, y donde los vecinos plantearos los perjuicios que sufren en sus viviendas e instalaciones causadas por la gran cantidad de palomas instaladas en el vecindario; a causa de sus deposiciones, plumones etc; y la preocupación que los embarga respecto a las enfermedades que las mismas puedan transmitirles. Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
Que los animales silvestres y en particular las aves, no sometidas a cautiverio ni adiestradas para fines específicos, deben, naturalmente nacer, crecer y reproducirse en el medio natural.
Que su instalación en aéreas urbanas se debe esencialmente a las abundancia de alimento de fácil acceso, a partir de la producción de desechos por el ser humano o el hábito de suministrárselo como expresión de bondad y amor a los animales; también a los lugares protegidos que encuentran en las estructuras edilicias para instalar sus nidos; situaciones estas, que dan por resultado una progresión excesiva de su tasa de crecimiento poblacional.
Que las palomas como otras aves, y en general los animales, pueden o no, ser portadores de enfermedades y es preciso determinar esta circunstancia realizando los análisis que sean necesarios para aventar preocupaciones o tomar medidas concretas a su respecto. A la hora de que se haya transmitido al ser humano son de difícil detección en nuestro medio. A partir de sus excrementos, saliva y plumones pueden producir enfermedades como Psitacosis, Criptocosis, Alergias, etcétera, cuya detección precoz es necesario realizar, a la par que la implementación de medidas preventivas para evitar su reproducción descontrolada.
Que no son menores los perjuicios edilicios y estéticos que estos animales producen en los edificios con sus deyecciones, más notoriamente cuando desarrollan el hábito de construir en ellos sus dormideros y nidales; concretándose un daño económico para quienes han realizado el esfuerzo de construir y mantenerlos en condiciones adecuadas.
Por todo ello y lo determinado en el Titulo IV- Políticas Especiales, Capitulo I- Principios Generales; Capitulo II : Salud y Asistencia Social , donde se determina que corresponde a la Municipalidad de Goya el control, promoción y protección de la salud, garantizando a sus habitantes el goce de las mejores condiciones de prevención y asistencia; para lo que realizará convenios, acuerdos, gestiones para lograr su participación en la elaboración, ejecución y control de los planes y programas , etc. Dispuesto en el Artículo 29, siguientes y concordantes , y las facultades conferidas a este Honorable Concejo Deliberante en el Artículo 78 inciso 30 de la Carta Orgánica Municipal de Goya.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: Implementar el “Programa de Control de Palomas” en el área urbana del Municipio de Goya a cuyo efecto se realizarán controles periódicos sobre la población existente, determinación de los lugares de asentamiento, y controles bromatológicos cada seis meses para detectar si son o no portadoras de enfermedades y acciones para el control de su procreación.-
ARTICULO 2º: Solicitar a la Secretaría de la Producción, Empleo y Desarrollo Productivo – Dirección de Producción Primaria y Coordinación de Políticas Ambientales y a la Secretaría de Desarrollo Humano, Areas de Salud Pública y Bromatología e Higiene; todas de la Municipalidad de Goya el dictado de charlas por profesionales con conocimientos y campañas relativas al tema, y a la Coordinación de Concejos Vecinales para la convocatoria y concurrencia de los Consejos Vecinales preocupados o afectados por esta temática.-
///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.622
ARTICULO 3º: Arbitre el Departamento Ejecutivo Municipal los medios para realizar el control de la reproducción de palomas en el área urbana, afectándose a tal fin la partida de Gastos de la Secretaría de Desarrollo Humano de Goya, Dirección de Bromatología e Higiene.-
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Junio de dos mil doce.-
Dr. Gerardo Luis Urquijo
Secretario
Prof. Gerardo Horacio Bassi
presidente