
Goya, 20 de Marzo de 2024
V I S T O:
Los Expedientes Nros. 3.159/21 y 3.166/21;; 3.077/21; y 3.159/21. Y; ; ;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.308/98 del Honorable Concejo Deliberante se establece un plazo máximo de dos años para el tratamiento en Comisión de los Proyectos ingresados. Luego de lo cual pierden su estado parlamentario, por Resolución fundada de la Comisión actuante.
Que al encontrarse, encuadrados en dicha norma, corresponde se proceda a su ARCHIVO.
Que algunos expedientes aducen otras situaciones las que son vertidas en sus considerandos.
Por ello las Comisiones actuantes aconsejan el archivo de los expedientes de referencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: ARCHIVAR los expedientes del Honorable Concejo Deliberante Nros. 3.166/21, (Proyecto Ordenanza sobre “Importancia de circulación en bicicleta y práctica en deportes”); 3.152/21 (Proyecto Ordenanza sobre “Señalización de calles asfaltadas y reasfaltadas de Goya”); 3.077/21, (Proyecto Resolución sobre “Pedido de Informe al Departamento Ejecutivo Municipal sobre Registro y Cobro de SISA”) y 3.159/21, (Proyecto Ordenanza sobre “Donación de un Dron para control aéreo en Isla Las Damas”).
ARTICULO 2°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

n.r.
