
Goya, 6 de agosto de 2025
V I S T O:
Los Expedientes Nros 3.283/23 y 3.426/25. Y; ;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.308/98 del Honorable Concejo Deliberante se establece un plazo máximo de dos años para el tratamiento en Comisión de los Proyectos ingresados. Luego de lo cual pierden su estado parlamentario, por Resolución fundada de la Comisión actuante.
Que al encontrarse, encuadrados en dicha norma, corresponde se proceda a su ARCHIVO.
Que algunos expedientes aducen otras situaciones las que son vertidas en sus considerandos.
Por ello las Comisiones actuantes aconsejan el archivo de los expedientes de referencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: ARCHIVAR los expedientes del Honorable Concejo Deliberante N°3.283/23 (P.O s/ Prohibición de chatarrería dentro de la zona urbana y/o lugares en la vía pública”) y el expediente N° 3.426/25 (Estados contables de la caja Municipal de préstamos de Goya, balance anual año 2023”).
ARTICULO 2°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda oportunamente ARCHIVESE.

n.r.
