
Goya, 1 de octubre de 2025
V I S T O:
Los Expedientes Nros. 3.165/21; 3.179/21; 3.215/22; 3.216/22 y 3.255/22. Y; ;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.308/98 del Honorable Concejo Deliberante se establece un plazo máximo de dos años para el tratamiento en Comisión de los Proyectos ingresados. Luego de lo cual pierden su estado parlamentario, por Resolución fundada de la Comisión actuante.
Que al encontrarse, encuadrados en dicha norma, corresponde se proceda a su ARCHIVO.
Que algunos expedientes aducen otras situaciones las que son vertidas en sus considerandos.
Por ello las Comisiones actuantes aconsejan el archivo de los expedientes de referencia.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: ARCHIVAR los expedientes del Honorable Concejo Deliberante N° 3.165/21 (P.D s/ Repudio a las amenazas y agresiones sufridas por el Concejal Pablo Ibañez), el expediente N° 3.179/21 (P.R s/ pedido de informe sobre propuestas del contador Daniel J. Avalos para ocupar cargo del Tribunal de Cuentas), el expediente N° 3.215/22 (P.R s/Campaña educativa “demos el ejemplo”), el expediente N° 3.216/22(P.R s/Repudio de las declaraciones de Mauricio Macri) y el expediente N° 3.255/22 (P.O s/Funcionamientos de los espectáculos en vivo en todo el Municipio de Goya).
ARTICULO 2°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda oportunamente ARCHIVESE.

n.r.
