ORDENANZA Nº 577

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 1993
Visto:

La necesidad de brindar marco legal al programa de trabajo de la Estación de Monitoreo Biológico de Goya; y,


Considerando:

Que es pertinente elaborar en programa de trabajo de la "Estación de Monitoreo Biológico" de Goya, que posibilite la cristalización de este proyecto.

Que es de fundamental importancia brindar un marco legal adecuado mediante un Convenio a firmarse entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia de Corrientes y la Municipalidad de Goya.

Que a tal efecto se adjunta copia del convenio y que forma parte de la presente Ordenanza, y en el cual se explicitan los objetivos a alcanzar.

Que es un deber del Honorable Concejo Deliberante de Goya autorizar al Intendente Municipal, para que en nombre de la Municipalidad de Goya, suscriba el convenio mencionado.

Por ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorízase al Sr. Intendente Municipal de Goya, a suscribir un Convenio con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia de Corrientes, que otorgue el marco legal adecuado para la elaboración del Programa de Trabajo conjunto y que permita la instalación de la "Estación de Monitoreo Biológico" de Goya de acuerdo al proyecto de Convenio que integra esta Ordenanza como anexo I.

Art. 2 - Notifíquese, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 6 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres.

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