Goya (Ctes.) 27 de Junio de 2018
V I S T O:
El Expediente Nº 2543/16 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Resolución sobre “ADHESION A LA LEY NACIONAL 26.316/2007 “DIA PARA LA PREVENCION DEL ABUSO EN NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES”. Y; ;
CONSIDERANDO:
El Expediente Nº 2543/2016, el artículo 30 de la Carta Orgánica Municipal, el artículo 41, leyes provinciales Nros. 6.077, 5.773, leyes nacionales Nros. 26.061, 26.316, artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, Convención sobre los Derechos del Niño.
Que es de suma importancia propiciar acciones de concientización y de difusión para la prevención del abuso sexual, a través de actividades de divulgación y promoción del Derecho de los Niños, Niñas y Adolescentes a una vida sin abusos ni violencia.
Todos los municipios de la Provincia de Corrientes tendrán por objeto realizar diversas actividades a fin de concientizar a la ciudadanía respecto del abuso de menores, prevenirlo y erradicarlo.
Que en nuestra Carta Orgánica Municipal, en su artículo 30 establece que la municipalidad elaborara planes integrales y permanentes de asistencia social especialmente a la familia, maternidad, el menor desamparado.
Que el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Niña dispone que los Estados partes adoptaran todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar a asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descriptos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.
Que asimismo la Ley Provincial Nº 6.077 tiene por objeto reglamentar los Artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial, y sistematizar la Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de conformidad a la Ley Nacional Nº 26.061, a la que la Provincia de Corrientes se adhirió por Ley Nº 5.773. La política pública de protección integral respecto de la niñez, la adolescencia y la familia se implementará a través de un conjunto articulado de acciones de la Provincia, de los Municipios y de las organizaciones civiles. A tal fin, se propiciará la descentralización de la atención, mediante la celebración de convenios con los Municipios y las organizaciones civiles, con la asignación presupuestaria correspondiente por parte del Estado, privilegiando las realidades locales.
El estado asegurara a los niños, niñas y adolescentes en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los afecte, los siguientes derechos y garantías: a ser oídos por la autoridad competente, a que su opinión sea tomada en cuenta al momento de arribar a una decisión que los afecte y a ser asistidos por un letrado especializado (preferentemente) en Niñez y adolescencia, desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que los incluya. Si carecieren de recursos económicos, el Estado debe asignarles de oficio, un letrado que los patrocine. (Artículo 41 de la Constitución de la Provincia de Corrientes).
///Corresponde a la Resolución Nº 3.015
Que la Provincia de Corrientes se adhirió por Ley Nº 5.773 a la Ley Nacional Nº 26.061de protección Integral de los Derechos de las Niñas Niños y Adolescentes.
La Ley Nacional Nº 26.316 declara el día 19 de noviembre como el “Día Nacional para la Prevención del Abuso contra las Niñas, Niños y Adolescentes”.
Por todo lo expuesto y considerando que la lucha contra el abuso de menores es responsabilidad de todos.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: ADHERIR a la Ley Nacional 26.316/2007, declarando el día 19 de noviembre de cada año, como el “Día Nacional para la Prevención del Abuso contra los Niñas, Niños y Adolescentes”, en el Municipio de Goya.
ARTICULO 2º: NOTIFÍQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dr. Gerardo Luis Urquijo Cr. Daniel Jacinto Avalos
Secretario presidente
n.r.