ORDENANZA Nº 1.693

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 14/04/2014


V I S T O:
El expediente Nº 2.115/13 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “AUMENTO SALARIAL PARA EL PERSONAL MUNICIPAL”. Y; ;


C O N S I D E R A N D O:

La necesidad de efectuar una recomposición salarial al empleado municipal.

Que como es sabido, el Ejecutivo Provincial ha ofrecido a los docentes de la provincia una recomposición salarial del orden del 28%.

Que nuestros empleados municipales perciben, en muchos casos, sueldos bastante inferiores a los necesarios para estar por sobre la línea de pobreza.

Que sumado a ello, es necesario tener presente que la mayoría de los trabajadores municipales cuenta con familia numerosa, es decir de cuatro a seis hijos.

Que resulta imperante se decrete un aumento del salario básico del empleado municipal, a los efectos de poder otorgarles una mejor calidad de vida.

Que como se referenciara en el primer párrafo, el gobernador de la provincia ofreció una recomposición salarial del 28%, suma que resulta adecuada a los fines del incremento salarial que aquí se dispone.

Que el ejecutivo municipal ha otorgado hasta la actualidad un incremento del 11% del salario de los trabajadores del municipio.

Que a los efectos de lograr una equiparación de los salarios municipales con el aumento establecido por el gobernador, es necesario que los mismos se incrementen en el orden del 17%.

Que a los fines de poder llevar adelante el incremento salarial, se deberá asignar la correspondiente partida presupuestaria.

Por ello.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1º: ESTABLÉZCASE el aumento salarial de todos los empleados municipales, salvo Intendente, Vice Intendente, Concejales, Directores y Secretarios políticos.-

ARTÍCULO 2º: El aumento dispuesto en el artículo anterior será del 17%, el cual será incorporado directamente al sueldo básico del agente municipal.-

ARTÍCULO 3º: Se deberá asignar la correspondiente partida presupuestaria a los fines de poder llevar adelante el incremento salarial dispuesto en el presente.-

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-


Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de Agosto de dos mil trece.-

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario
        


Miguel Alberto Molina
Vicepresidente 2º
a/c presidencia


n.r.

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